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El debate constitucional de la Píldora: Hablan los abogados


Fuente: Cámara

Abogados constitucionalistas dieron su opinión sobre proyecto que regula entrega de anticonceptivo de emergencia. El proyecto será votado en la Comisión de Salud el día de hoy, en una sesión que se realizará en la sede de la Cámara en Santiago.

Puntos de vista sobre la píldora


Miguel Ángel Fernández, abogado de la Universidad Católica y que imparte clases de Derecho Constitucional en dicha casa de estudios, en la Universidad de Los Andes y en la Universidad de Chile, manifestó que a su juicio existen 4 inconstitucionalidades en la iniciativa legal (boletín 6582).

El profesional precisó en primer lugar que “me parece que si se entienden incluidos, porque no es claro el proyecto, aquellos mecanismos de emergencia, que se denominan anticonceptivos pero que hay dudas científicas sobre si son realmente anticonceptivos o abortivos, lesionaría el derecho a la vida del que está por nacer, que nos parece que está protegido por la Constitución”.

Otro punto que a su juicio es inconstitucional es que el proyecto deja sin efecto una resolución del Tribunal Constitucional, que el año pasado determinó que la píldora del día después era contraria a la Carta Fundamental. De la misma forma, expresó que se vulnera la seguridad jurídica, puesto que el TC ya había tomado una decisión al respecto, y no existen nuevos argumentos para que eso cambie.

“Por último creo que hay defectos en la técnica legislativa, creo que hay disposiciones del proyecto que son extraordinariamente abiertas y por lo tanto dejan entregada de manera muy amplia a las autoridades administrativas la ejecución del proyecto de ley”, dijo el abogado.

Una opinión distinta expuso la abogada Lidia Contreras, de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales, ante la Comisión. En su presentación, indicó que la iniciativa “no es más que la materialización de una protección más vigorosa del derecho a la libertad y la autodeterminación de las personas en el campo de la decisión de cuántos hijos tener, si tenerlos y con qué espaciamiento”.

Contreras añadió que “el uso de métodos de regulación de la fecundidad es uno de los aspectos centrales en las vidas de las mujeres. Para ello, y con estricto apego a las conciencias, mujeres y hombres amparados en su derecho a la privacidad e intimidad usan todos aquellos métodos legalmente aprobados en este país”.

Con estos puntos de vista sobre la mesa ¿Qué saldrá en limpio de la discusión? Lo sabremos durante el día

 

 

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dasein80
dijo :

En colombia tambien se desato una cuestion asi y los argumentos juridicos de los abogados no se hicieron esperar. y es que los abogados alegaron con bastante argumento juridico.

05/12/2009 a las 11:59
Salvador
dijo :

La opinión de un abogado o profesor universitario que sean contrarios, no ya al uso de la píldora del día después, si no por ejemplo lo fueran del divorcio argumentarian que el derecho natural estaría por encima del derecho positivo..ergo nada de divorcio...por eso la separación de poderes...es un gran invento...de esa forma nos evitamos el bochornoso espectáculo que dió un juez español de la Audiencia Provincial de Cantabria, que recomendó a una pareja que iba a separarse que acudiera a la Iglesia católica para reconciliarse....en su sentencia que ha hecho historia en el disparate jurídico llegó a plasmar que la ruptura de la pareja era debida a la existencia del "Maligno" que se rebeló contra Dios y que se constituye en el principal enemigo del hombre...además de incluir en la misma citas, no del Código Civil como hubiera sido lógico...metió del Génesis...jajaja

Toda opinión en bienvenida, pero en el ejercicio de una jurisdicción o función...lo único permitido es el fiel y escrupuloso cumplimiento de la Ley, sea la que sea, y si no le gusta.. pues ya se sabe...que deje tal función...y que se haga juez del Tribunal de La Rota

Saludos

05/12/2009 a las 14:16
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